ARCA reglamentó la eliminación del tope para exportaciones por courier y actualizó el régimen simplificado
La Resolución General 5883/2026 elimina el límite de valor FOB para las exportaciones realizadas mediante Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier), incorpora modificaciones al régimen de importación simplificada y establece que las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el 30 de julio.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la reglamentación de los cambios en el régimen de importación y exportación simplificada mediante Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier), con el objetivo de facilitar las operaciones de comercio exterior, reducir costos administrativos y agilizar los procedimientos aduaneros. La medida fue establecida mediante la Resolución General 5883/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La principal novedad para el sector exportador es la eliminación del límite de valor FOB para las exportaciones realizadas bajo el régimen courier. Hasta ahora, los envíos que superaban ese monto debían canalizarse mediante el régimen general de exportación. Con la nueva normativa, las mercaderías podrán exportarse a través del sistema simplificado sin restricciones de valor, manteniéndose las exigencias aduaneras, sanitarias y documentales que correspondan según el tipo de producto.
En los considerandos de la resolución, ARCA señala que la modificación responde a un pedido de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, que solicitó adecuar la normativa para eliminar el límite de valor FOB vigente en las exportaciones courier, en línea con la política de simplificación y apertura del comercio exterior.
La resolución también introduce cambios para las importaciones bajo el régimen simplificado. Entre ellos, establece que en los pequeños envíos alcanzados por la exención prevista en el Decreto 1.065/2024 ya no será obligatorio consignar la posición arancelaria de cada producto, debiendo utilizarse el código específico habilitado por ARCA para esos casos. Según el organismo, esta modificación apunta a simplificar la operatoria y reducir la carga administrativa para los usuarios del sistema.
Asimismo, la norma actualiza diversas disposiciones operativas vinculadas con la documentación de los envíos y dispone que los Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier) deberán conservar las constancias digitalizadas de entrega durante el plazo previsto por la legislación tributaria, a disposición del servicio aduanero cuando sean requeridas.
De acuerdo con el artículo 2° de la Resolución General 5883/2026, las modificaciones entrarán en vigencia el 30 de julio de 2026, mientras que su implementación se realizará conforme al cronograma que ARCA publicará en el micrositio "Envíos Internacionales" de su sitio web oficial.






































