Conflicto portuario

Conciliación obligatoria entre URGARA y los puertos privados: Trabajo ordenó normalizar la actividad

El Ministerio de Capital Humano encuadró bajo la Ley 14.786 el conflicto entre URGARA y las empresas representadas por la Cámara de Puertos Privados Comerciales. La medida rige desde las 22 del 19 de agosto, por 15 días, y obliga a retrotraer la situación y mantener la actividad normal.


20 de agosto de 2026

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dispuso la conciliación obligatoria en el conflicto entre la Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina (URGARA) y las empresas representadas por la Cámara de Puertos Privados Comerciales.

La medida comenzó a regir a las 22 del 19 de agosto de 2026 y se extenderá por quince días. Durante ese período, las partes deberán retrotraer la situación al estado anterior al inicio del conflicto.

La disposición intimó a URGARA y a los trabajadores representados por el gremio a dejar sin efecto toda medida de acción directa prevista o en ejecución y a prestar servicios de manera normal y habitual.

Por su parte, las empresas comprendidas deberán abstenerse de adoptar represalias vinculadas con el conflicto y garantizar tareas en forma normal y habitual al personal.

La autoridad laboral exhortó además a ambas partes a mantener abiertas las negociaciones y ratificó una audiencia para el 25 de agosto a las 14, que se realizará de manera virtual para evaluar el avance de las conversaciones y el cumplimiento de la conciliación.