El Centro de Navegación vuelve a advertir por las restricciones cambiaras para remesar al exterior los servicios de fletes

La entidad volvió a emitir una carta por la medidas implementadas a partir de la Comunicación “A” 7746 del BCRA, cuya derogación fue requerida tanto por esa cámara, como también por el resto de las cámaras que componen el total de la cadena logística y sector productivo, a saber, CERA, CIRA, UIA, AAACI y Centro de Despachantes, "en el común entendimiento de que la misma encarece al comercio exterior argentino, en desmedro de la competitividad de nuestras importaciones y exportaciones, perjudicando la producción nacional, las economías regionales y la generación de empleo."


19 de mayo de 2023  | Fuente: Centro de Navegación

En una carta dirigida a las principales autoridades nacionales vinculadas con el comercio exterior indicaron que:

“Dicha situación, se ha visto aún más agravada a partir de la emisión de la Comunicación “A 7771” publicada el día de ayer por el Banco Central, en virtud de la cual se exige como requisito previo a la remesa de los Servicios de fletes S02 (con impacto tanto para empresas vinculadas como no vinculadas), se deba contar con SIRASE en estado "APROBADA".

“Dicha medida sorprende a todo el sector cuando desde el propio BCRA, en fecha 05.05.23, se había emitido un Comunicado aclarando expresamente que “la normativa cambiara vigente no contempla la presentación de una SIRASE en estado APROBADA como requisito para el acceso al mercado de cambios para realizar pagos por los conceptos “So2. Servicios de fletes” y “S03. Servicios de transporte de pasajeros”.”

“Conforme fuera expresamente anticipado por nuestra Institución, considerando el contexto reinante de inestabilidad cambiaria e inflación, y con fletes cuyo valor en promedio bajaron un 70% respecto de 2022; las medidas en cuestión no hacen más que alentar en forma obligada a los armadores de buques y agencias marítimas, a que cambien su condición de cobro de los fletes, aceptando únicamente los pagos en el exterior, decisión ya adoptada y comunicada públicamente por varias empresas, atento la imposibilidad de que puedan financiar y absorber la diferencia de costo de esos fletes y dicho riesgo cambiario e inflación durante noventa (90) días.” 

“Asimismo, alertamos nuevamente también de la probable toma de decisión por parte de varias de dichas empresas, de optar por saltearse a los puertos argentinos como escala en sus itinerarios, reduciéndose así la capacidad de bodega disponible, encareciendo aún más los costos de nuestro comercio exterior, lo que favorece el desabastecimiento y pone en riesgo a las cadenas de producción.”

“Considerando todo lo anterior, solicitamos a Usted una vez más tenga a bien disponer su intervención a efectos de que se emita el acto administrativo correspondiente que modifique las Com. BCRA “A” 7746 y “A” 7771, excluyendo a los servicios de fletes y otros servicios de transporte (S02 y S04) del SIRASE; eliminando asimismo cualquier otra restricción, permitiéndose efectuar las remesas correspondientes a los pagos de los fletes y servicios facturados por cuenta y orden de los transportistas, sin que las mismas queden supeditadas al cumplimiento de plazo o condición algunos.”

“Solicitamos esta medida con espíritu patriótico, a fin de garantizar el normal flujo del comercio exterior argentino, evitando el riesgo de desabastecimiento en plaza, el aumento de costos y la pérdida de competitividad del comercio exterior argentino, lo que lesiona en forma directa a la producción nacional y a las economías regionales, produciendo pérdida de miles de puestos de trabajo e ingreso de divisas por millones para la economía de nuestro país.”