La Justicia laboral frena artículos clave de la Ley 27.802 para el sector marítimo
En un fallo con fuerte impacto sobre la actividad marítima y las relaciones laborales del sector, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°63 hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante y suspendió parcialmente la aplicación de varios artículos de la Ley 27.802 para los trabajadores representados por la entidad sindical.
La resolución, pone el foco especialmente en la exclusión del personal embarcado del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), uno de los puntos más cuestionados por el gremio y que había sido incorporado mediante el inciso “g” del artículo 2° de la normativa.
Según el magistrado, la organización sindical logró acreditar una “verosimilitud del derecho calificada”, además de un “peligro en la demora” que podría derivar en daños irreparables para los trabajadores y para el funcionamiento institucional de la actividad.
El fallo suspende, de manera provisoria, la aplicación de los artículos 1, 101, 129, 131 y 137 de la Ley 27.802 en relación con el personal representado por el Centro de Capitanes, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.
La controversia gira en torno a varios ejes sensibles para la marina mercante. Por un lado, el sindicato sostiene que la nueva redacción de la ley deja a los trabajadores embarcados fuera del paraguas protector de la LCT. También cuestiona las modificaciones vinculadas al derecho de huelga en servicios esenciales, los cambios sobre ultraactividad de convenios colectivos y las limitaciones a las bolsas de trabajo o listas de embarque administradas por las organizaciones sindicales.
En su presentación judicial, la entidad advirtió que las reformas generan un escenario de “desprotección” y podrían provocar conflictos laborales en el sector. Incluso acompañó documentación sobre denuncias de convenios colectivos impulsadas por cámaras empresarias de la actividad.
En uno de los pasajes más duros de la resolución, el juez sostuvo que el Poder Judicial debe intervenir para evitar que “los trabajadores sean arrojados por la borda” del sistema de protección laboral, al tiempo que remarcó que las reformas legales deben superar el control de constitucionalidad y convencionalidad.
El magistrado también cuestionó la falta de debate profundo durante el tratamiento parlamentario de la ley y subrayó que la discusión sobre derechos laborales requiere procesos deliberativos amplios y participativos.
Otro de los aspectos relevantes del fallo está vinculado al sistema de contratación de tripulaciones. El sindicato argumentó que las bolsas de trabajo cumplen una función central para garantizar la idoneidad técnica y la seguridad operacional de los embarques, en línea con convenios internacionales como el STCW y el Convenio sobre Trabajo Marítimo de la OIT.
Además, consideró que el Estado deberá explicar durante el proceso judicial cómo prevé compensar la eventual pérdida de derechos derivada de las modificaciones introducidas por la Ley 27.802.
La medida cautelar alcanza específicamente al personal jerárquico de la Marina Mercante Nacional nucleado en el Centro de Capitanes, incluyendo capitanes, pilotos, prácticos y peritos navales, además de trabajadores vinculados al sector pesquero representados por la entidad.
El fallo suma un nuevo capítulo a la creciente judicialización de la Ley 27.802 y se produce en paralelo a otras presentaciones impulsadas por organizaciones sindicales contra distintos aspectos de la reforma laboral.







































