Fondo FAL: el transporte se prepara para elegir administradora y busca una estrategia a medida

La entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral se acerca y, con ella, una decisión que alcanzará a las empresas del transporte: definir cómo canalizar los aportes destinados a este nuevo esquema. Durante una presentación realizada en Expo Transporte, Allaria Fondos explicó ante referentes de FADEEAC las claves del sistema, sus implicancias financieras y las alternativas que podrían abrirse para adaptar la administración de los recursos a las particularidades de cada actividad.


12 de agosto de 2026

La exposición estuvo a cargo de Néstor De Cesare, presidente de Allaria Fondos, acompañado por Sergio Rupel, presidente de la Fundación Profesional para el Transporte (FPT), y Cristian Sanz, presidente de la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC).

El encuentro tuvo lugar en el auditorio de FADEEAC, en La Rural, y permitió abordar uno de los cambios que las empresas deberán incorporar a su planificación para los próximos meses. El régimen creado por la Ley 27.802 establece los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), destinados a colaborar con el pago de determinadas obligaciones indemnizatorias sin modificar el régimen indemnizatorio vigente. La entrada en vigencia del Título II fue prorrogada al 1° de noviembre de 2026 por el Decreto 408/2026. 

El mecanismo prevé que los empleadores realicen contribuciones mensuales que serán canalizadas a través de ARCA hacia vehículos de inversión colectiva habilitados. Según lo explicado durante la presentación, el esquema contempla una contribución del 1% de la nómina para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes.

El dinero se mantendrá en una cuenta individual asociada a cada empresa y tendrá una afectación específica: podrá utilizarse para afrontar indemnizaciones contempladas por la normativa. A su vez, el patrimonio del fondo estará separado del resto de los activos de la compañía y contará con carácter inembargable. La reglamentación oficial establece que los FAL se instrumentarán mediante vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. (Argentina)

La administradora no reemplazará a la empresa en la decisión de desvincular a un trabajador. De acuerdo con la explicación de Allaria, el pago se realizará a partir de una instrucción del empleador, quien deberá informar la existencia de la obligación y los datos necesarios para efectuar la transferencia. Si los recursos acumulados en el fondo no fueran suficientes para cubrir la indemnización, la compañía deberá afrontar la diferencia con fondos propios.

Uno de los aspectos que más interés despertó entre los representantes del sector fue la posibilidad de construir esquemas específicos para el transporte. Ante una consulta de FADEEAC, De Cesare señaló que pueden diseñarse carteras adaptadas a la dinámica de cada actividad, tomando en cuenta variables como la rotación de personal, los flujos de aportes y las necesidades de liquidez.

“Se pueden construir carteras a medida de cada sector”, explicó el titular de Allaria Fondos, al plantear la posibilidad de analizar el comportamiento de las empresas que integran una determinada cámara o actividad.

La alternativa adquiere particular relevancia para el transporte porque, además de administrar los recursos destinados a eventuales indemnizaciones, una parte de la cartera podría orientarse hacia instrumentos vinculados con la cadena de valor del propio sector. Entre las opciones mencionadas durante la exposición figuran cheques de pago diferido, pagarés y facturas descontadas, siempre dentro de los límites que establezca la regulación.

La estrategia, sin embargo, deberá equilibrar rendimiento y disponibilidad. “El fondo también va a necesitar tener liquidez”, remarcó De Cesare, al explicar que no sería conveniente concentrar todos los recursos en activos de menor liquidez, aun cuando pudieran ofrecer mayores retornos.

Una decisión que las empresas deberán anticipar

Otro de los puntos centrales de la presentación fue la elección de la administradora. Las empresas que no opten por un fondo en particular serán asignadas de oficio por ARCA a uno de los fondos elegibles, bajo un mecanismo que deberá definirse reglamentariamente.

Para FADEEAC, esta instancia abre la posibilidad de trabajar en una alternativa que contemple las características específicas del autotransporte de cargas. La conformación de un fondo con participación de empresas de una misma actividad podría permitir, según lo planteado durante el encuentro, diseñar una estrategia de inversión basada en los patrones de ingresos y egresos propios del sector.

A esto se suma la posibilidad de portabilidad. Una empresa podrá cambiar de administradora y transferir sus recursos a otro fondo, aunque las condiciones y períodos para realizar esos cambios deberán ajustarse a las disposiciones que termine estableciendo la normativa.

Desde Allaria también destacaron el tratamiento financiero del instrumento. La rentabilidad generada por los recursos del FAL tendrá beneficios fiscales en materia de Impuesto a las Ganancias, mientras que la normativa reglamentaria estableció exenciones vinculadas al impuesto sobre los créditos y débitos bancarios para las cuentas utilizadas exclusivamente por estos fondos. 

Sin embargo, persiste un interrogante en torno al tratamiento de Ingresos Brutos. Durante la charla se señaló que el alcance de este tributo sobre la rentabilidad del fondo puede generar diferencias según la jurisdicción provincial, un aspecto que todavía requiere definiciones.

Otro punto señalado fue que las empresas podrían realizar aportes voluntarios adicionales, en los casos en que la normativa y la estructura del fondo lo permitan. La alternativa permitiría acumular recursos para afrontar eventuales procesos de reestructuración laboral en el futuro, aprovechando el tratamiento tributario previsto para el instrumento.

Para las empresas del transporte, la discusión excede entonces la elección de una administradora. La implementación del FAL abre también un espacio para definir cómo gestionar esos recursos, qué nivel de liquidez mantener y de qué manera aprovechar las posibilidades de inversión vinculadas con la propia cadena de valor.

Con el 1° de noviembre como fecha de entrada en vigencia establecida por la reglamentación, el sector tendrá por delante los próximos meses para analizar alternativas y tomar posición. 

En ese escenario, el mensaje que dejó el encuentro de FADEEAC fue claro: más allá de las definiciones regulatorias que todavía puedan surgir, la elección de la administradora y el diseño de una estrategia adecuada para los recursos del FAL serán decisiones que las empresas deberán comenzar a evaluar con anticipación.